Colombia permite que padres revisen comunicaciones de sus hijos

Desde ahora los padres podrán acceder a las redes sociales y correos de sus hijos a fin de protegerlos, orientarlos, educarlos y darles asistencia. Colombia sienta jurisprudencia con este dictamen.

Un caso que sentó jurisprudencia en Colombia. Surgió a raíz de un juicio entre un joven de 18 años acusado de abusar sexualmente de una menor de 12 años, ante lo cual la madre de esta última presentó como prueba una serie de mensajes íntimos obtenidos de la cuenta de correo electrónico de la víctima.

Por su parte el presunto agresor indicó que la presentación de dicha información íntima es ilegal, puesto que es necesaria una orden judicial para acceder a esos documentos, los cuales han sido obtenidos sin el permiso de la menor.

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Fue ante ello que la Corte Suprema de Colombia se pronunció sobre el cuestionamiento y determinó que los padres “tienen la facultad de acceder a las comunicaciones de las plataformas tecnológicas que los niños, niñas y adolescentes reciben y abordan”.

De esta manera, el alto tribunal faculta a los padres acceder y revisar las comunicaciones de sus hijos en las redes sociales, sean estas Facebook, Twitter o cualquier otra, además de correos electrónicos sin que esto sea considerado una violación a la intimidad de sus hijos.

“Resulta un verdadero contrasentido afirmar que las actividades de seguimiento, orientación, protección, que implementa una madre o un padre respeto a sus hijos menores en la intimidad de sus hogares puedan resultar ilegales”, sentencia el tribunal.

El dictamen es sui géneris en Colombia y solo en el caso que el fin de dicho acceso no sea dar “asistencia, acompañamiento, orientación, educación y protección”, la Corte entiende que la intervención paterna “afecta la intimidad del menor”. Aunque por las categorías consideradas parece que todas las actividades de los menores de edad en estas vías de comunicación están sujetas a la revisión de sus padres. ¿Tu, qué piensas?